Usuarios

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DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DE SALUD

Articulo 159, Articulo 160 de la ley 100 de 193

  • Recibir de la empresa beneficios de los recursos y tecnologías disponibles para atender su enfermedad, mejorar su salud y prevenir complicaciones.
  • Recibir de la empresa los servicios contemplados en el POS
  • Acceder a los servicios de salud basándose en el reglamento interno de la empresa, horarios, programaciones etc
  • Recibir los procedimientos diagnósticos y terapéuticos que estén al alcance de la empresa para identificar y definir enfermedades y mejorar y restablecer la salud
  • Derecho a ingresar a los servicios de internación de la Institución cuando el caso lo requiera
  • A recibir atención inicial de urgencias, independientemente del tipo de afiliación o capacidad de pago
  • Suministrar la información requerida para una adecuada prestación de servicios
  • Dar información sobre el tipo de afiliación en salud
  • Pagar los servicios utilizados con base en las tarifas establecidas
  • Tratar a los funcionarios de la Institución con respeto, amabilidad y consideración
  • Respetar la intimidad de los demás pacientes
  • Dar a los bienes de la empresa buen trato y devolverlos en buen estado o asumir los costos de reparación
  • Recibir de los funcionarios de salud los tratamientos para enfermedades infecto contagiosas y de riego para la comunidad
  • Procurar el cuidado de su salud y la de su comunidad
  • Utilizar los servicios de salud existentes en su municipio si se adecuan a sus necesidades de atención
  • Responsabilizarse por gastos generados por el diagnóstico y tratamiento cuando no estén contemplados en el POS

HOSPITAL SAN ROQUE DE EL COPEY

Atención centrada en el usuario, a través de una comunicación clara, constante y respetuosa sin exclusión por su nivel sociocultural, logrando siempre una respuesta oportuna, segura y diligente frente a la atención en salud en beneficio del desarrollo integral de nuestros usuarios.