Usuarios
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DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DE SALUD
Articulo 159, Articulo 160 de la ley 100 de 193
- Recibir de la empresa beneficios de los recursos y tecnologías disponibles para atender su enfermedad, mejorar su salud y prevenir complicaciones.
- Recibir de la empresa los servicios contemplados en el POS
- Acceder a los servicios de salud basándose en el reglamento interno de la empresa, horarios, programaciones etc
- Recibir los procedimientos diagnósticos y terapéuticos que estén al alcance de la empresa para identificar y definir enfermedades y mejorar y restablecer la salud
- Derecho a ingresar a los servicios de internación de la Institución cuando el caso lo requiera
- A recibir atención inicial de urgencias, independientemente del tipo de afiliación o capacidad de pago
- Suministrar la información requerida para una adecuada prestación de servicios
- Dar información sobre el tipo de afiliación en salud
- Pagar los servicios utilizados con base en las tarifas establecidas
- Tratar a los funcionarios de la Institución con respeto, amabilidad y consideración
- Respetar la intimidad de los demás pacientes
- Dar a los bienes de la empresa buen trato y devolverlos en buen estado o asumir los costos de reparación
- Recibir de los funcionarios de salud los tratamientos para enfermedades infecto contagiosas y de riego para la comunidad
- Procurar el cuidado de su salud y la de su comunidad
- Utilizar los servicios de salud existentes en su municipio si se adecuan a sus necesidades de atención
- Responsabilizarse por gastos generados por el diagnóstico y tratamiento cuando no estén contemplados en el POS
HOSPITAL SAN ROQUE DE EL COPEY
Atención centrada en el usuario, a través de una comunicación clara, constante y respetuosa sin exclusión por su nivel sociocultural, logrando siempre una respuesta oportuna, segura y diligente frente a la atención en salud en beneficio del desarrollo integral de nuestros usuarios.